VIERNES DE DOLORES O VIERNES DE PASIÓN
Qué es y qué se celebra en el Viernes de Dolores, inicio de la Semana Santa
El Viernes de Dolores o Viernes de Pasión, es el viernes anterior al Domingo de Ramos, comprendido dentro de la última semana de la Cuaresma, conocida por la religión cristiana como Semana de Pasión.
En algunas regiones es considerado como el inicio de la Semana Santa al ser el día en el que se inician las procesiones.
Los católicos manifiestan su fervor religioso en la celebración de los Dolores de Nuestra Señora, incluyendo por ejemplo en la liturgia de la Misa la secuencia del Stabat Mater
Concilio Vaticano II consideró, dentro de las diversas modificaciones al calendario litúrgico, suprimir las fiestas consideradas «duplicadas», esto es, que se celebren dos veces en un mismo año; por ello la fiesta primigenia de los Dolores de Nuestra Señora el viernes antes del Domingo de Ramos fue suprimida, siendo reemplazada por la moderna fiesta de Nuestra Señora de los Dolores el 15 de septiembre.
Aun así, en la tercera edición del Misal Romano (2000), hay un recuerdo especial a los Dolores de la Santísima Virgen en la celebración ferial de ese día, introducida por San Juan Pablo II.
La Santa Sede y las normas del Calendario Litúrgico contemplan que, en los lugares donde se halle fervorosamente fecunda la devoción a los Dolores de María y en sus calendarios propios sea tenida como fiesta o solemnidad, este día puede celebrarse sin ningún inconveniente con todas las prerrogativas que le son propias. (Cf. Tabla de los días Litúrgicos, Misal Romano).
Esta antigua celebración mariana tuvo mucho arraigo en toda Europa y América, y aún hoy muchas de las devociones de la Santísima Virgen del tiempo de Semana Santa, tienen su día festivo o principal durante el Viernes de Dolores, que conmemora los sufrimientos de la Madre de Cristo durante la Semana Santa.
Aún así, en la tercera edición del Misal Romano (2000), hay un recuerdo especial a los Dolores de la Santísima Virgen en la celebración ferial de ese día, introducida por San Juan Pablo II.
La Santa Sede y las normas del Calendario Litúrgico contemplan que, en los lugares donde se halle fervorosamente fecunda la devoción a los Dolores de María y en sus calendarios propios sea tenida como fiesta o solemnidad, este día puede celebrarse sin ningún inconveniente con todas las prerrogativas que le son propias.
No hay comentarios:
Publicar un comentario